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Agreden Policías Municipales de Corregidora a compañero periodista

El pasado 24 de enero, el compañero periodista Abraham Hernández, fue agredido por elementos de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal Corregidora, cuando se encontraba realizando la cobertura de una nota periodística.

De acuerdo con la crónica del compañero, al filo de las 15:30 hrs, cuando arribó a la calle Antonio Ancona, de la colonia Reforma Agraria, el pasado viernes 24 de enero del presente año, se colocó frente a la gasolinera donde los policías mantenían presencia y se encontraban inspeccionado un vehículo y a sus tripulantes.

“Al intentar documentar el hecho desde una distancia prudente y sin interferir en sus labores, un policía cruzó la calle hasta donde me encontraba para decirme que no podía grabar, le mencioné que era reportero y me pidió que me identificara, a lo que accedí sin problema, pero al revisar mi credencial de reportero, me dijo que estaba vencida (venció en diciembre del 2019) le dije que aún no la renovaba y me dijo que era motivo de una revisión corporal a mi persona, le volví a preguntar si el hecho de que una credencial este vencida es causa para ser objeto de una revisión y me respondió que Si”.

Mientras el compañero grababa, otro policía llegó por la espalda para colocarlo contra la pared, le hicieron una revisión corporal donde “en tres ocasiones, me pusieron las manos en la nuca me hicieron que entrelazara los dedos para después apretarlos y de esta manera realizar actos de tortura y me mantuvieron sometido contra la pared durante casi 20 minutos”. 

De acuerdo con el Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos dice los siguiente:

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.

Y la Ley para la Protección de Personas Defensoras de los Derechos Humanos y Periodistas

CAPITULO l

Articulo 2.- Para efectos de la Ley se entiende por agresión, todo daño a la integridad física o psicológica, amenaza, hostigamiento o intimidación que por el ejercicio de su actividad sufran las Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.

Periodistas: Las personas físicas, así como medios de comunicación y difusión públicos, comunitarios, privados, independientes, universitarios, experimentales o de cualquier otra índole cuyo trabajo consiste en recabar, generar, procesar, editar, comentar, opinar, difundir, publicar o proveer información, a través de cualquier medio de difusión y comunicación que puede ser impreso, radioeléctrico, digital o imagen.

“El acto realizado por los policías de Corregidora hacia mi persona, fue en todo momento un atentado en contra de la Libertad de Expresión, un delito grave de carácter Federal, sancionado en el Artículo 51 del Código Penal Federal, por lo que ya se procedió de manera legal a levantar la denuncia correspondiente ante la Fiscalía General de la República, para que no quede impune esta agresión y violación a mis derechos humanos y como periodista.”