Tras la suspensión provisional del proceso en contra del un adolescente vinculado como probable responsable por el delito de homicidio culposo, lesiones y daño, la magistrada Mariela Ponce Villa precisó que en la ley se contempla este beneficio en el cual el menor será sujeto a vigilancia durante un periodo de un año.
“Se contempla este beneficio en la ley, que se denomina suspensión condicional y que tiene como principal requisito el que se repare el daño previamente a la víctima, esto sucedió así y entonces ya el adolescente queda sujeto a medidas de vigilancia y de restricción durante un determinado tiempo.”
Ponce Villa detalló caso de no cumplir con las restricciones el procedimiento se reanuda pese a que ya se hubiera reparado el daño. No obstante, precisó que el menor no es absuelto, pero al ser menor de edad la ley contempla que no se le generarán antecedentes penales.
“No es absuelto, absuelto es que se determine en una sentencia que el no es responsable, aquí no estamos hablando de absolución; él sigue vinculado a proceso como probable responsable de haber cometido este hecho calificado por la ley como delito.”
La magistrada detalló que en caso de cumplir con todos los requisitos al cabo de un año, se dicta sobreseimiento, es decir, que el proceso concluye definitivamente. Finalmente, afirmó que esta resolución es una forma diferente de impartir justicia a través de métodos alternativas para la solución de conflictos.