La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) en el estado, invita a todos los proveedores de bienes, productos y servicios quienes utilizan algún instrumento de medición en sus operaciones comerciales, a realizar las calibraciones contempladas en la Ley Federal sobre Metrología, Normalización y su reglamento, lo cual permita generar mayor confianza entre los consumidores.
Los plazos para realizar la verificación: a) Instrumentos cuya antigüedad sea menor a diez años: 1 vez al año dentro del periodo comprendido del 01 de enero al 31 de mayo de cada año. b) Instrumentos cuya antigüedad sea mayor a diez años: 2 veces al año dentro del periodo comprendido del 01 de enero al 31 de marzo y del 01 de julio al 30 de septiembre de cada año.
Los instrumentos a medir:
- 1. Instrumentos para pesar: a) de bajo, mediano, alto alcance y b) dinámicos.
- 2. Sistemas para medición y despacho de gasolina y otros combustibles.
- 3. Medidores para gas natural o L.P.
- 4. Relojes registradores de tiempo.
- 5. Taxímetros.
Los requisitos para que un Verificador acredite pertenecer a PROFECO:
- a) El personal de PROFECO puede actuar de manera individual o colectiva.
- b) El personal de verificación debe presentarse con uniforme con los logotipos de la Procuraduría Federal del Consumidor.
- c) Contar con credencial vigente expedida por la Procuraduría Federal del Consumidor, la cual cuenta con un código QR que puede ser escaneado mediante dispositivo electrónico que cuente con esa aplicación, o en su caso realizar llamada telefónica a las oficinas centrales o de su estado para corroborar los datos del verificador.
- d) Contar con orden de verificación firmada de manera autógrafa por personal de Profeco competente para ello y en el inciso e) que los verificadores no están facultados para recibir pago en efectivo por pago del servicio, por lo que deberá acudir a las oficinas de la Delegación a realizar la solicitud o hacerla en línea.










