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Posible aumento a Qrobús sería inválido por ley, por falta de satisfacción del usuario: Observatorio de Movilidad

El Observatorio Ciudadano de Movilidad Querétaro afirmó a través de un comunicado de prensa que el presunto aumento que busca la empresa Móvil Qrobús al transporte público no cumpliría con los requisitos que exige la Ley de Transporte del Estado, en donde señala que uno de estos es cumplir con la satisfacción del usuario.

En el mismo texto, el Observatorio asevera que tras el paro realizado por los transportistas el pasado miércoles, este requisito no se cumpliría, toda vez que “es probable que luego de esta medida extrema y condenable, cualquier incremento a partir de ahora se vuelva un acto jurídico sin validez”.

Se explica que de acuerdo con el artículo 164 de la ley de Transporte del Estado “las tarifas se revisarán por lo menos cada dos años o antes si la inflación obtenida en base al Índice Nacional de Precios al Consumidor sobrepasa el 10% anual, tomando como referencia los datos emitidos por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, la acreditación satisfactoria del usuario y se cuente con eficiencia del cumplimiento de rutas, en términos de lo que determine el reglamento respectivo”.

Ante la existencia de este artículo, el comunicado cuestiona cómo se dará cumplimiento a la “acreditación satisfactoria del usuario”, y explica que la teoría general del Derecho menciona que cualquier acto jurídico bajo presión, que conculque la voluntad de elegir, adolece de un vicio de consentimiento, y por ello será considerado nulo. “Junto con ello, el paro de transportistas da cuenta de que la eficiencia del cumplimiento de rutas quedó trastocada fatalmente”, se menciona.

“Detener el servicio de transporte colectivo como medida de presión para incrementar la tarifa, obliga a replantear el esquema de concesiones, que dejó sin alternativa a más de 60% de habitantes de Querétaro que utilizan este medio de transporte para sus desplazamientos cotidianos. ¿Qué opciones tenemos a Qrobús de facto convertido en monopolio, algo prohibido por la Constitución?”, pregunta el Observatorio Ciudadano de Movilidad Querétaro.

Por lo anterior, realizan un llamado a la LIX Legislatura y a los diputados federales a estudiar modelos distintos de ofrecer el servicio de transporte público.

“En casi todos los países de la OCDE, el servicio es otorgado por el Estado a través de asociaciones público-privadas, con reglas de operación y calidad en el servicio muy estrictas, con énfasis en sanciones extremas en caso de incumplimiento. En otros lugares del mundo, es el mismo estado o la municipalidad quienes lo ofrecen directamente”.

Finalmente, se afirma que “el paro de transporte nos vuelve a recordar que el único interés de los concesionarios es su ganancia económica, no el bienestar de la colectividad”.